sábado, 11 de marzo de 2017

SOCIEDAD Y JUSTICIA. LOS DERECHOS HUMANOS

1-. DERECHO, MORAL Y JUSTICIA.

La convivencia social requiere de código de conducta y reglas de comportamiento que organicen nuestra vida en común. Sin embargo, no todas estas reglas son iguales: unas están basadas en las leyes y otras se fundamentan en la moral.

  • Las leyes están formadas por normas externas, que han sido establecidas por la autoridad y todos tenemos obligación de cumplir. Su desobediencia conlleva un castigo. La legislación sería el conjunto de leyes escritas promulgadas por el gobierno: constituyen el derecho positivo. Tienen un carácter heterónomo.

  • La moral está formada por leyes internas, dependen de nuestra conciencia personal, no siempre son compartidas por los demás. Nadie va a castigarte pero puedes arrepentirte y sentir remordimiento. Tienen un carácter autónomo.
"Es más deseable cultivar el respeto al bien que el respeto a la ley"- H.D. Thoreau.

LA LEY Y LA MORAL NO SIEMPRE COINCIDEN.

Se puede dar un conflicto entre las normas morales y la ley y los deberes cívicos. Puede darse el caso de un comportamiento que nos parezca normalmente correcto y este castigo por la ley. En estos casos las normas legales impiden desarrollar comportamientos que sentimos como válidos. El conflicto también puede darse cuenta cuando la ley permite conductas moralmente inaceptables.
En ocasiones la ley puede entrar en conflicto con la moral. Para saber cómo actuar en estos casos debemos recordar la obligación que respetar siempre a dignidad y os derechos de todas las personas.

OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y DESOBEDIENCIA CIVIL.

  • La objeción de conciencia es una forma de manifestar nuestro desacuerdo ante las leyes que nos parecen injustas. El objetar de conciencia es una persona que se niega abiertamente a obedecer una norma legal porque le parece arbitraria a sus convicciones morales más profundas.

  • La desobediencia civil es una manera de protestar ante la imposición de normas, se trata de negarse a acatar las órdenes legales que le parecen injustas aceptando pacíficamente la sanción correspondiente. Supone asumir sin violencia el castigo que las autoridades impongan por desobedecer la ley.
2-. LA JUSTICIA COMO EQUIDAD.

·RAWLS: teoría sobre la justicia.
Este propone un experimento imaginario dirigido a todas las personas que conviven en sociedad y de ponerse de acuerdo en la construcción de normas: el experimento haría que una máquina prodigiosa desintegrara a las personas que pasaran por ella y las reintegrara con otra vida y otro cuerpo.
Esta máquina serviría para garantizar la justicia de las normas sociales. Las reglas de convivencia deberían establecerse con el acuerdo y diálogo entre todos pero después las persona deberían pasar por la máquina, así nadie sabría cuál es su posición o situación que se encontraría en esa nueva sociedad.
Según Rawls, solo actuando de manera bajo un "velo de ignorancia" seríamos capaces de garantizar la equidad de nuestras leyes, promoviendo así la justicia. La justicia como equidad según Rawls hace compatibles dos principios:

      ·DIFERENCIA: todo preferente a los desfavorecidos para restablecer la igualdad.

      ·IGUALDAD: todos deben tener las mismas oportunidades y gozar de las mismas libertades.


3-. VALORES PARA UN MUNDO GLOBALIZADO.

1-. DIGNIDAD- D.D.H.H. (KANT)

Lo que nos diferencia a las personas de los objetos es precisamente el concepto de dignidad, las personas son únicas e irrepetibles, es decir, no tiene precio frente al objeto. Pero les debemos dotar a las personas, de aprecio, estima, respeto y eso debe ser el fundamento de cualquier legislación y por tanto, de los derechos humanos. Se va a ver reflejado en 3 términos claves:
  • LIBERTAD: todos los seres humanos nacen libres, nadie tiene derecho a arrebatarnos esa libertad y es lo que debe garantizar la protección jurídica.
  • IGUALDAD: nadie debe ser discriminado por ningún motivo y nadie puede reclamar un trato diferente.
  • SOLIDARIDAD: si todos somos iguales y tenemos razón y las mismas condiciones, nos debemos respeto los unos con los otros. Debemos evitar cuañquier acto que se considere inhumano.

2-. DERECHOS DE INDIVIDUO FRENTE AL ESTADO (AMÉRICA LATINA).

-Uruguay: 1917                       -Haití: 1950                           -El Salvador: 1939
-Ecuador: 1967                       -Paraguay: 1961                    -República Dominicana: 1942
-Puerto Rico: 1935                   -Guatemala: 1965                -Argentina: 1947
-Brasil: 1934                             -México: 1953                      -Costa Rica: 1949
-Panamá: 1946                         -Colombia: 1954                   -Perú: 1955
-Venezuela: 1947                      -Cuba: 1934                         -Honduras: 1955
-Bolivia: 1952                            -Chile: 1935/1949                -Nicaragua: 1955





























viernes, 3 de marzo de 2017

LAS TRES GENERACIONES DE LOS D.D H.H


LA PRIMERA GENERACIÓN 

La primera generación incluye los derechos civiles y político Se trata de derechos que tratan de garantizar la libertad de las personas. Su función principal consiste en limitar la intervención del poder en la vida privada de las personas, así como garantizar la participación de todos en los asuntos públicos. Los derechos civiles más importantes son: el derecho a la vida, el derecho a la libertad ideológica y religiosa, el derecho a la libre expresión o el derecho a la propiedad. Algunos derechos políticos fundamentales son: el derecho al voto, el derecho a la huelga, el derecho a asociarse libremente para formar un partido político o un sindicato, etc.

LA SEGUNDA GENERACIÓN

La segunda generación recoge los derechos económicos, sociales y culturales.Tratan de fomentar la igualdad real entre las personas, ofreciendo a todos las mismas oportunidades para que puedan desarrollar una vida digna. Su función consiste en promover la acción del Estado para garantizar el acceso de todos a unas condiciones de vida adecuadas. Algunos derechos de segunda generación son: el derecho a la educación, el derecho a la salud, el derecho al trabajo, el derecho a una vivienda digna, etc.

LA TERCERA GENERACIÓN

Pretenden fomentar la solidaridad entre los pueblos y las personas de todo el mundo. Su función es la de promover unas relaciones pacíficas y constructivas que nos permitan afrontar los nuevos retos a los que se enfrenta la Humanidad. Entre los derechos de tercera generación podemos destacar los siguientes: el derecho a la paz, el derecho al desarrollo y el derecho a un medio ambiente limpio que todos podamos disfrutar.

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MARY WOLLSTONECRAFT


Mary Wollstonecraft, escritora inglesa (1759-1797) y una de las iniciadoras del pensamiento feminista, fue la madre de Mary Shelley  y opino “uno de esos seres que sólo aparecen una vez por generación, para arrojar sobre la humanidad un rayo de luz sobrenatural. Ella brilla, aunque parezca oscurecerse y los hombres crean que está apagada, pero se reanima de repente para brillar eternamente".  Es autora de Vindicación de los derechos del hombre y (1791) y de Vindicación de los derechos de la mujer (1792) 


Mary va más allá, pidiendo que las leyes del Estado se usaran para terminar con la tradiciones de subordinación femenina, y fuera el Estado quien garantizara un sistema nacional de enseñanza primaria gratuita universal para ambos sexos. Reta al gobierno revolucionario francés a que instaure una educación igualitaria que permitiría a las mujeres llevar vidas más útiles y gratificantes. La responsabilidad que Mary atribuye al Estado respecto a la educación aparece también en sus escritos sobre el matrimonio: debía intervenir para rescatar a las mujeres de maridos crueles y de aquellos que abusaban de su fuerza.

El 10 de septiembre de 1797, con 38 años, Mary Wollstonecraft moría tras dar a luz a otra niña. Nacía Mary Shelley quien pasaría a la historia como una gran escritora.

OLYMPE DE GOUGES


Nace  el 7 de mayo de 1748 es escritora y heroína francesa que reivindico la igualdad de los derechos del hombre y la mujer en el marco de la revolución francesa Empezó a escribir, siendo dos sus temas centrales, por un lado la defensa de la mujer y de sus derechos y por el otro la denuncia sobre la situación en que vivían los negros y todas aquellas cuestiones de discriminación social de las gentes pobres del país.Tambien se dedicó a escribir proyectos sociales en los que estableció su defensa de los derechos de las mujeres. Dichos proyectos los hacía llegar a los representantes políticos, a los clubs patrióticos y a figuras políticas relevantes Funda también una Sociedad Fraternal que estaba abierta tanto a mujeres como a hombres. Su credo político se basaba en:
  • La igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la sociedad.
  • Derecho al voto femenino en igualdad al hombre.
  • Igualdad de acceso al trabajo público.
  • Igualdad política en el ámbito público con acceso sin ningún tipo de restricciones a la vida pública.
  • Poseer y controlar las propiedades en igualdad entre hombres y mujeres.
  • El derecho de la mujer a formar parte del ejército.
  • El derecho de la mujer a la educación
la encarcelan por las revueltas que ocasiono. Olympe es llevada ante los tribunales, el 2 de noviembre de 1793, no aceptando ser defendida por abogado, diciendo que ella sabe muy bien defenderse, proclamando que "si las mujeres pueden subir al cadalso, también deberían subir a una tribuna". El tribunal la condena a muerte por defender la creación de un Estado federado en Francia


LAS TRES OLAS DEL FEMINISMO

El feminismo nace el en siglo XVII  y se manifiesta como movimiento colectivo de lucha de las mujeres en la segunda mitad del siglo XIX el feminismo empieza en el momento en que se articulan "tanto en la teoría como en la practica, un conjunto coherente de reivindicaciones" y las mujeres se organizan para conseguirlas, conscientes de la existencia de discriminación sexual teniendo en cuenta esto se puede hablar de tres grandes etapas u olas feministas

LA PRIMERA OLA:EL FEMINISMO ILUSTRADO 

Reivindica la ciudadanía de las mujeres su obra representativa es "vindicaciones de los derechos de la mujer" se extiende desde la revolución francesa  hasta mediados del siglo XIX el debate se centra  en la igualdad de la inteligencia y la reivindicación  de la educación. Fundamenta sus reivindicaciones  en el pensamiento del siglo de las luces. Sus autores clave son Poullain de Barre, Olympe de Gouges y Mary Wollstonecraft. Los derechos de la mujer comienzan a estar presentes en las tribunas políticas

LA SEGUNDA OLA: EL FEMINISMO LIBERAL SUFRAGISTA 

"SUFRAGISTA" Movimiento internacional por el sufragio femenino fue un movimiento reformista social,económico y político  que promovía la extensión al derecho a votar a las mujeres

Esta ola reivindica principalmente al derecho al voto de las mujeres y su obra principal es el "sometimiento de la mujer" se extiende desde mediados del siglo XIX hasta la década de los cincuenta del siglo XX ( final de la segunda guerra mundial) Comienza con la declaración de seneca falls entre 100 y 300 mujeres y hombres se reúnen ahí y toman como base la declaración de  independencia norteamericana, reclaman la independencia de la mujer. algunas mujeres comienzan a aceptar mujeres en l,os trabajos  como en aulas universitarias

LA TERCERA OLA : EL FEMINISMO CONTEMPORÁNEO

Reivindica un cambio de valores y que la justicia legisle aspectos considerados antes como privados las obras que destacan son "el segundo sexo" y "la mística de la feminidad" Comienza con las revoluciones de los años 60 hasta la actualidad, aunque algunas teorías marcan el punto final en los años 80. Se lucha contra la mujer como estereotipo sexual en los medios de comunicación, el arte y la publicidad . La educación y otros logros  de las primeras feministas , es la estructura social la que provoca desigualdades también entran en el debate la  sexualidad femenina la salud femenina el aborto o la concentración entre otros.   

jueves, 2 de marzo de 2017

DERECHOS HUMANOS, DE LA MUJER Y EL NIÑO


DERECHOS HUMANOS

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia.

Artículo 2

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción entre raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política...

Artículo 3

Todo individuo tiene derechos a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derechos, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efecto ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por a constitución o la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni arrestado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho en igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.

Artículo 11

  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

Toda persona tiene derecho a circular libremente y elegir su residencia. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país y a regresar a su país

Artículo 14

En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de é, en cualquier país.

Artículo 15

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará de su nacionalidad ni del derecho de cambiarse de esta.

Artículo 16

Los hombres y las mujeres tienen derecho y disfrutarán de igualas derechos en cuanto al matrimonio, durante y fin de este.

Artículo 17

Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectivamente. Nadie será privado de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad pensamiento, de conciencia y de religión. Incluye a libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión tanto en público como en privado.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.

Artículo 20

Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficos.

Artículo 21

  1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
  2. Toda persona tiene derecho de acceso en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder púbico.
Artículo 22

Toda persona tiene derecho a la seguridad social.

Artículo 23

Toda persona tiene derecho al trabajo y a su libre elección. Toda persona tiene derecho a un salario igualado.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagas.

Artículo 25

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como su 
familia, la salud y el bienestar, la asistencia médica, la alimentación.

Artículo 26

Toda persona tiene derecho a la educación.

Artículo 27

  1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en le progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  2. Toda persona tiene derecho a la protección de os intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan efectivos.

Artículo 29

Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
Estos derechos y libertades no podrán ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración

DERECHOS DE LA MUJER

1-. La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común.
2-. Derecho a la igualdad de género.
3-. Derecho a la educación.
4-. Derecho a la salud.
5-. Derechos sexuales y reproductivos.
6-. Derecho a una vida libre de violencia.
7-. Derecho al trabajo.
8-. Derecho al desarrollo.
9-. Derecho a la participación política.
10-. Derecho a un ambiente sano.
11-. Derecho a una información.

DERECHOS DEL NIÑO

1-. Afectan a los niños (personas menores de 18 años).
2-. El derecho a no ser discriminado.
3-. El derecho al bienestar.
4-. El derecho a ejercer tus derechos.
5-. El derecho a ser orientado por tus padres.
6-. El derecho a la vida y el desarrollo.
7-. El derecho a un nombre y una nacionalidad.
8-. El derecho a la protección de tu identidad.
9-. El derecho a vivir con tus padres.
10-. El derecho a reencontrarte con tu familia.
11-. Protección contra el secuestro y el traslado a otro país.
12-. El derecho a la libertad de opinión.
13-. El derecho a la libertad de expresión.
14-. El derecho a la libertad de conciencia, religión y pensamiento.
15-. El derecho a la libertad de asociación.
16-. El derecho a la protección de su privacidad.
17-. El derecho de informar y ser informado.
18-. Las obligaciones de tus padres, entre ellos, dar una buena educación y ayuda.
19-. El derecho a ser protegido contra el maltrato.
20-. El derecho a ser protegido aunque no tengas familia.
21-. El derecho a poder ser adoptado.
22-. Derecho a la asistencia y atención médica.
23-. Derecho al juego